ABOGADO EX INTEGRANTE DEL FIDEICOMISARIO DE BANCARROTA

Bancarotta permite a personas en el proceso de bancarrota a elegir entre Exenciones Estatales y Exenciones Federales. Se entiende “exención” de la manera más fácil como “protección.” Por lo regular, se prefieren exenciones federales porque proveen mayor protección a las propiedades. Lo siguiente es una lista de las exenciones:

EXENCIONES FEDERALES DE BANCARROTA: 11 U.S.C. 522(d)


Wildcard: Esta exención permite a las personas proteger $11,975.00 de propiedad miscelánea. Deudores pueden utilizar esta exención para proteger propiedad que tal vez no sería protegida de otra manera. NOTA: Esta exención puede ser mezclada con cualquiera de las siguientes exenciones para proteger una propiedad con un valor más alto de la cantidad de exención de la propiedad. Por ejemplo, si Usted tiene un automóvil ya pagado y tiene un valor de $6,000.00, Usted puede proteger el automóvil utilizando la exención vehicular de $3,400.00 más $2,550.00 de la protección wildcard.

 
Casa: Cada dueño de casa puede proteger hasta $21,625.00 de equidad de la casa. Si existe más equidad de $21,625.00 por cada dueño de la casa, se realizara un análisis para determinar la manera más conveniente para resolver la situación.


Vehículo: Cada dueño de un vehículo puede proteger hasta $3,450.00 de equidad en el vehículo. Si el valor del vehículo es más alto, se realizara un análisis para determinar la manera más conveniente para resolver la situación.


Bienes Muebles: Individuos pueden proteger hasta $11,525.00 de sus bienes muebles.

 
Joyas: Cada individuo puede proteger hasta $1,450.00 en joyas.


Herramientas, Libros, y Equipo del Oficio: Cada individuo puede proteger hasta $2,175.00 en herramientas, libros, y Equipo del Oficio.


Seguro de Vida Temporal: Como no ha madurado la póliza, está protegido.


Seguro de Vida Entera: Esta seguranza acumula efectivo con pagos mensuales. El valor en efectivo de la póliza se protege hasta $11,525.00.


Cuentas de Jubilación: Protegidas con tal de que califiquen.

Pensiones: Protegidas.


Pensión Alimenticia: Protegida.


Beneficios del Gobierno (Seguro Social, Desempleo, Beneficios al Veterano): Protegidos.

Beneficios de Victimas del Crimen: Protegidos.

Pagos de Muerte por Negligencia: Protegidos.


Pagos de Seguros de Vida para Apoyo: Protegidos.


Pagos de Compensación por Danos Corporales: Protegidos hasta $21,625.00.


Pagos de Compensación por Ingresos Perdidos: Protegidos.


Ganancias de Seguros de Cosecha: Protegidos.


Depósitos en Cuentas de Ahorros Militares en Servicio Activo: Protegidos.


Anualidades de Beneficios a Sobrevivientes Militares: Protegidos.


75% de ingresos ganados pero no pagados: Protegidas.


Anualidades y Severencias de Empleados en Servicio Extranjero: Protegidos.


Beneficios de ERISA: Protegidos.


Compensación a Heridos de Guerra: Protegido.


Beneficios de Muerte de Oficiales de la Seguridad Pública: Protegidos.


Anualidades y Severencias de Jubilación de Empleados del Ferrocarril: Protegidos.


Seguro de Desempleo de Ferrocarril: Protegido.


Ropa de Marinero: Protegido.


Ingresos de Marinero: Exento, menos apoyo.

Pensión: Empleados de la C.I.A.: Protegido.


Beneficios de FEMA: Exento, menos embargos.


Salud en el Hogar: Protegido.